EN
EN

Solicitud electrónica de órdenes de protección y otros asuntos urgentes a nivel municipal

Inicio / Solicitud electrónica de órdenes de protección y otros asuntos urgentes a nivel municipal

El Poder Judicial estableció un procedimiento para que las personas puedan presentar solicitudes de órdenes de protección, de ingreso involuntario por salud mental y otros asuntos urgentes a nivel municipal, sin necesidad de acudir físicamente al tribunal o a un cuartel de la Policía.

Si escoge utilizar esta alternativa, debe completar los formularios necesarios y enviarlos por correo electrónico a presentaciones@poderjudicial.pr. Luego, personal del Tribunal se comunicará para atender el asunto mediante videoconferencia.

Si se encuentra en una situación de emergencia o peligro inminente, debe llamar al 9-1-1 o a la Policía.

La Sala Municipal Virtual opera todos los días, de 1:00 pm a 10:00 pm

Proceso para la solicitud electrónica

Para llevar a cabo este proceso, debe estar en un lugar donde se sienta seguro o segura. Debe ser un área privada y libre de distracciones a la que no tenga acceso la parte contra quien está solicitando la orden. Tenga en cuenta que completar el proceso puede tomar más de una hora.

Procedimiento
  1. Escoja de la lista de formularios que se encuentra en la próxima sección, los formularios que necesite y que apliquen a su situación particular. Al presionar el enlace del formulario, el navegador de su dispositivo abrirá una ventana con el documento.
  2. Para descargarlo, presione el ícono en forma de flecha que aparecerá al lado superior derecho de la pantalla.
  3. Abra el archivo que descargó, complételo y grábelo. No necesita firmarlo.
  4. Envíe el o los formularios al correo electrónico: presentaciones@poderjudicial.pr. En el asunto del mensaje indique el municipio en el que reside. En el texto del mensaje debe indicar su nombre completo, el tipo de orden que solicita y un número de teléfono a donde se le pueda contactar. Además, debe indicarnos si necesita la asistencia de un o una intérprete de idiomas o lenguaje de señas.
  5. El personal del Tribunal revisará los documentos y le enviará un correo electrónico indicándole que la petición fue recibida y los próximos pasos a seguir.
  6. Para evitar que otras personas tengan acceso a los formularios y mensajes relacionados con el trámite de la petición, bórrelos de los dispositivos electrónicos que utilice.
Requisitos

Para utilizar esta alternativa debe tener acceso a:

  • Lugar seguro, libre de distracciones, con buena iluminación
  • Internet de alta velocidad
  • Computadora, tableta o teléfono inteligente, con audio y video
  • Acceso a la aplicación para videoconferencias Zoom: https://zoom.us/
  • Correo electrónico para enviar los formularios y recibir mensajes del personal del Tribunal
  • Para completar los formularios y grabarlos, debe tener o descargar el programa Adobe: https://get.adobe.com/reader/

Formularios que debe completar

A continuación, los formularios que debe completar de acuerdo con el tipo de orden que necesita solicitar.

Orden de protección: violencia doméstica
  • Si usted es un o una patrono, debe completar este formulario:
    • Petición de Orden de Protección a Favor del Patrono (OAT 1000)
Orden de protección: agresión sexual
  • Para solicitar una orden de protección por agresión sexual, debe completar los siguientes dos formularios:
    • Petición de Orden de Protección para Víctimas de Violencia Sexual (OAT 1773)
    • Formulario de datos personales (OAT 1774)

 

Orden de protección: actos lascivos
  • Para solicitar una orden de protección por actos lascivos, debe completar los siguientes dos formularios:
    • Petición de Orden de Protección para Víctimas de Violencia Sexual (OAT 1773)
    • Formulario de datos personales (OAT 1774)
Orden de protección: acoso sexual
  • Para solicitar una orden de protección por acoso sexual, debe completar los siguientes dos formularios:
    • Petición de Orden de Protección para Víctimas de Violencia Sexual (OAT 1773)
    • Formulario de datos personales (OAT 1774)
Orden de protección: incesto
  • Para solicitar una orden de protección por incesto, debe completar los siguientes dos formularios:
    • Petición de Orden de Protección para Víctimas de Violencia Sexual (OAT 1773)
    • Formulario de datos personales (OAT 1774)
Orden de protección: acecho
  • Para solicitar una orden de protección por acecho, debe completar los siguientes dos formularios:
    • Petición de Orden de Protección al amparo de la Ley contra el Acecho en Puerto Rico (OAT 1230)
    • Formulario de datos personales (OAT 1245)
  • Si usted es un patrono, debe completar este formulario:
    • Petición de Orden de Protección Patronal al amparo de Ley contra Acecho en Puerto Rico (OAT 1816)
Orden de protección: menor de edad
  • Para solicitar una orden de protección a favor de una persona menor de edad, debe completar los siguientes dos formularios:
    • Petición de Orden de Protección por Maltrato a Menores (OAT 1326)
    • Formulario de datos personales (OAT 1505)
Orden de protección: persona adulta mayor
  • En la alternativa, puede completar los siguientes dos formularios:
    • Petición de Orden de Protección para el Adulto Mayor (OAT 1082)
    • Formulario de datos personales (OAT 1753)
    Órdenes bajo la Ley de Salud Mental

    Para solicitar una orden bajo la Ley de Salud Mental, puede utilizar el formulario interactivo Procedimientos de salud mental – Ley 408. Este enlace lo dirigirá a una entrevista mediante la cual, dependiendo de las circunstancias de su caso, podrá completar los formularios necesarios para solicitar una orden que permita que profesionales de la salud mental evalúen a la persona, para solicitar la hospitalización involuntaria de la persona, para solicitar un cambio de estatus de ingreso voluntario a involuntario o hacer una petición de tratamiento compulsorio.

    Si prefiere, puede completar los formularios de forma individual. Para ello, puede utilizar los formularios que describimos a continuación:

    • Para solicitar una orden que permita que profesionales de la salud mental evalúen a la persona, debe completar el formulario:
      • Petición de Detención Temporera de 24 Horas (OAT 1248)
    • Si luego de la evaluación se recomienda la hospitalización involuntaria de la persona, debe completar los siguientes dos formularios y enviarlos junto con la certificación médica que justifique la solicitud:
    • Si la persona comenzó a recibir servicios de salud mental de forma voluntaria, pero ya no quiere recibirlos, y se necesita una orden para continuar el tratamiento de forma involuntaria, debe completar los siguientes dos formularios y acompañarlos de la certificación médica que justifique su solicitud:
      • Petición de Cambio de Estatus de Ingreso Voluntario a Involuntario (OAT 1749)
      • Formulario de datos personales (OAT 1736)
    • Si la persona no necesita estar hospitalizada, pero sí requiere tratamiento obligatorio, debe completar los siguientes dos formularios y, si tiene un informe en que se recomiende el tratamiento, debe incluirlo como anejo:
      • Petición de Orden de Tratamiento Compulsorio (OAT 1747)
      • Formulario de datos personales (OAT 1736)
    • Si la institución que ofrece los servicios de salud mental necesita una orden para proveer una terapia electroconvulsiva, debe completar el siguiente formulario:
      • Petición para Someter a una Persona Adulta a Terapia Electroconvulsiva (OAT 1751)

    Videoconferencia

    Información sobre la videoconferencia

    Una vez el personal del Tribunal revise los formularios sometidos, calendarizará una videoconferencia. Por lo general, la videoconferencia será el mismo día en que se somete la solicitud, si se presenta entre las 1:00 pm a 10:00 pm. De lo contrario, se atiende al día siguiente.

    Por correo electrónico, recibirá una convocatoria a una videoconferencia, que incluirá la fecha, hora y el modo de conexión. Se recomienda que lea detenidamente la convocatoria y la orden del Tribunal. Si la alternativa o herramienta provista para conectarse no es viable, se debe notificar al Tribunal mediante moción dentro del término que establezca la orden del Tribunal. De ser viable, confirme su participación a la videoconferencia.

    Antes de la videoconferencia, se recomienda que utilice el enlace de la invitación para hacer una prueba por su cuenta. Puede comprobar que el audio y video funcionan. De ser necesario, siga las instrucciones que surjan en la pantalla para instalar la programación necesaria para el audio y video.

    Además, se sugiere que identifique un lugar silencioso, privado y libre de distracciones, con buena iluminación, para conectarse a la videoconferencia. Es importante que la parte contra quien está solicitando la orden no tenga acceso a dicho lugar. Tenga en cuenta que completar el proceso puede tomar más de una hora.

    El día de la videoconferencia
    • Procure que las bocinas y la cámara de su dispositivo electrónico estén encendidas.
    • Abra el correo electrónico enviado por el Poder Judicial con la convocatoria de la videoconferencia.
    • Para acceder la videoconferencia, presione el enlace debajo de Join Zoom Meeting. Cuando aparezca una ventana o cuadro de diálogo del sistema, presione en Abrir Zoom Meetings.
    • Otra manera de acceder es con el Meeting ID de la reunión. Para entrar usando dicho número, la persona puede ir a la página de internet de Zoom y marcar donde dice Join meeting. Luego, cambia la pantalla y aparece una barra donde se puede poner el Meeting ID.
    • Para encender el sonido, presione el botón Entrar al audio por computadora y luego, presione sobre el botón del micrófono deshabilitado. El botón cambiará a habilitador y podrán escucharle
    • Para comenzar el video, presione el botón de video deshabilitado, sobre Start Video. El botón cambiará a habilitado, sobre Stop Video, y podrán verle.
    • Si accedió antes de la hora calendarizada, entrará a una sala de espera virtual en lo que el personal del Tribunal se conecta a la videoconferencia.
    • Recuerde tener una identificación en mano para el comienzo del proceso.
    • El audio de la videoconferencia será grabado por el Tribunal para el récord oficial del caso. En ninguna circunstancia, los o las participantes pueden grabar el audio o las imágenes de la videoconferencia.

     

    Enlaces relacionados

    Asesoría
    legal

    El Poder Judicial no ofrece asesoramiento legal. Sin embargo, hay organizaciones que ofrecen acompañamiento y asesoría legal gratuita de forma remota.
    Icono Solicitud electrónica de órdenes de protección

    Videos
    instructivos

    Estos tutoriales muestran cómo solicitar órdenes de protección y órdenes al amparo de la Ley de Salud Mental a distancia.

    Para asistencia

    Si tiene dudas sobre el formulario o cómo someterlo, puede comunicarse a la Línea de Información del Poder Judicial llamando al (787) 641-6263, de lunes a viernes en el horario de 8:30 am a 5:00 pm. También puede escribir al buzon@poderjudicial.pr.

    Si necesita asistencia técnica en el uso del sistema de videoconferencia, puede comunicarse a la Línea de Apoyo Técnico llamando al (787) 641-6225, de lunes a viernes en el horario de 7:30 am a 5:30 pm.